Plan de Contratación Pública Ecológica 2018 - 2025
En el BOE de 4 de febrero 2019 aparece publicada la Orden de Presidencia PCI/86/2019, de 31 de enero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministro de 7 de diciembre de 2018, por el que se aprueba el Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social.
El Plan responde a la necesidad de incorporar criterios ecológicos en la contratación pública, lo que permitirá a las administraciones, en el desarrollo de su actividad, fomentar y contribuir a los objetivos de sostenibilidad económica y medioambiental.
El ámbito de actuación del Plan abarca a todas las Administraciones Públicas. Se aplicará a la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos y las Entidades Gestoras de la Seguridad Social. El Plan establece unos objetivos, como son:
- Promover la adquisición por la administración pública de bienes, obras y servicios con el menor impacto medioambiental
- Servir como instrumento de impulso de la Estrategia Española de Economía circular
- Garantizar un uso más racional y económico de los fondos públicos
- Promover cláusulas medioambientales en la contratación pública
- Dar publicidad sobre las posibilidades que ofrece el marco jurídico de la contratación pública ecológica.
Determina un grupo de 20 bienes, obras y servicios prioritarios, de acuerdo con los criterios de contratación ecológica de la UE, entre los que destacan:
- La construcción y gestión de edificios
- La construcción y el mantenimiento de carreteras
- Suministro de electricidad
- Los equipos de impresión y ordenadores
- Productos y servicios de limpieza
- Sistemas de climatización y el transporte.
Recoge una serie de criterios medioambientales generales de contratación, de carácter voluntario, que podrán ser incorporados a los pliegos de contratación como criterios de selección, de adjudicación, especificaciones técnicas y condiciones especiales de ejecución.
La vigencia del Plan es de 7 años, sin perjuicio de que se pueda proceder a su revisión y actualización cuando lo acuerde la Comisión Interministerial para la incorporación de criterios ambientales en la contratación pública. Junto al Plan se recoge en el anexo una tabla con los criterios de selección, especificaciones técnicas y criterios de adjudicación que pueden ser tenidos en cuenta por el órgano de contratación, para los 20 grupos de bienes, obras y servicios. Están previstos distintos grupos de trabajo y un informe bianual para la evaluación y seguimiento del Plan.