Llos propietarios deberán notificar a la Consejería de Agricultura y Pesca la aparición de síntomas
Junta de Andalucía
La nueva norma refuerza la obligatoriedad a las medidas fitosanitarias que se vienen desarrollando para evitar la expansión de esta enfermedad en Andalucía, además de fijar la coordinación entre la Consejería de Agricultura y Pesca, los ayuntamientos y los propietarios privados.
El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que declara de utilidad pública la lucha contra la plaga del "picudo rojo", que afecta a las palmeras. La nueva norma refuerza la obligatoriedad a las medidas fitosanitarias que se vienen desarrollando para evitar la expansión de esta enfermedad en Andalucía, además de fijar la coordinación entre la Consejería de Agricultura y Pesca, los ayuntamientos y los propietarios privados.
Entre otras obligaciones recogidas, los productores, viveristas y comerciantes e importadores de plantas sensibles a la plaga deberán inscribirse en un registro oficial y mantener un cuaderno de campo, preferentemente en soporte digital, en el que anotarán los movimientos de las plantas, los tratamientos que se les aplican y los posibles casos detectados, para la correspondiente verificación por la Consejería de Agricultura y Pesca.
Para poder comercializar las plantas, estos profesionales solicitarán a la Administración autonómica pasaportes fitosanitarios que acrediten que han sido tratadas con productos autorizados.
En el caso de los importadores de palmeras, el decreto obliga a ubicarlas en una parcela separada al menos por un kilómetro de distancia de las que ya están plantadas. Por cada lote importado, además de la documentación reglamentaria que exige la normativa española, se pedirá un certificado fitosanitario emitido por el país de origen que deberá justificar que al menos durante un año la planta ha estado sometida a tratamientos preventivos.
Por su parte, los propietarios deberán notificar a la Consejería de Agricultura y Pesca la aparición de síntomas de la plaga, así como permitir a su personal técnico autorizado el acceso a los lugares donde se encuentran las plantas. Esta obligación de informar de cualquier sospecha se hace extensiva a los ayuntamientos, que además tendrán que facilitar el listado de empresas que realizan labores de cultivo con las plantas sensibles en sus términos municipales.
Finalmente, la norma distingue dos tipos de área de aplicación de medidas preventivas y de lucha contra la plaga, en función de la existencia o no de plantas afectadas: la zona infestada, para la que se fija un radio de un kilómetro, y la zona tampón, que se extiende en un radio de 10 kilómetros a partir del límite de la anterior. Ambas configuran la zona demarcada, cuya declaración corresponde a la Consejería de Agricultura y Pesca y para la que se establece un periodo de cuarentena de dos años. En ella, si se detecta grave peligro de propagación, las plantas sensibles deberán ser eliminadas.
La información actualizada sobre las distintas zonas demarcadas en la comunidad autónoma, junto con la relativa a los métodos más eficaces para el control de la plaga, se publicará periódicamente en la página web de la Consejería.
El "Rhynchophorus ferrugineus", conocido como el picudo rojo, se detectó por primera vez en 1995 en Almuñécar (Granada). Diez años después, la plaga se extendió hacia zonas fuera de control debido al fuerte desarrollo urbanístico y al consiguiente aumento de las plantaciones y de las importaciones de palmeras procedentes de países contaminados, principalmente Egipto. Desde entonces, la Junta ha destinado más de 9 millones de euros a medidas de control, información, asesoramiento y coordinación.