Boletín Agrario Agricultura, Medio Ambiente y Mundo Rural

Los regantes denuncian "desorganización e inseguridad jurídica" en las cuencas andaluzas

En otras notas hablan de "gazpacho de competencias sobre el agua en la Junta de Andalucía"

Feragua

La Asociación de Comunidades de Regantes de Andalucía muestra su frontal rechazo a la actual gestión de las cuencas hidrográficas de esta comunidad, especialmente la del Guadalquivir. Denuncian que el reciente Convenio de Colaboración entre la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía para la gestión de sus aguas "no dice nada de que sea improrrogable"

"Más leña al fuego de la desorganización e inseguridad jurídica en que viven las cuencas andaluzas"

Ni venía a cuento, ni servirá para nada, pero es que, además, estando como están las cosas, cualquier nuevo movimiento en el tablero de ajedrez sólo podía servir para creará más desorganización e inseguridad jurídica y más inestabilidad y desconfianza para los usuarios y ciudadanos, incluso para los propios funcionarios.

A eso se le llama gobernar de espaldas a los intereses de la gente. ¿Quién estaba pidiendo esa reorganización? ¿Para qué nos sirve a los usuarios? ¿Pueden trabajar y ser eficientes los funcionarios y empleados públicos con cambios continuos en el organigrama de mando? ¿En qué mejora el servicio? ¿Cuál es el ahorro conseguido, sobre el cual el Consejero de Medio Ambiente no ha sido capaz de contestarnos después de preguntarlo por dos veces en el Consejo Andaluz del Agua?

Como las respuestas a estas preguntas son un gran renglón en blanco, sólo podemos concluir que se trata de un movimiento político con exclusiva intencionalidad política, o sea, partidista. Que ha sido, por cierto, la tónica en estos años de competencias en manos del Gobierno andaluz. Los resultados son un traspaso del Guadalquivir nulo, una Agencia creada hace solo seis años y ahora liquidada, unos funcionarios en pie de guerra, unas inversiones en niveles mínimos en infraestructuras hidráulicas y una sensación de interinidad permanente, que ahora vuelve a agravarse.

Todos los detalles de una encomienda que no dice nada de que sea "improrrogable"

El Convenio de Colaboración entre la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía, para la gestión de las aguas del Guadalquivir que discurren por Andalucía, tras la declaración de inconstitucionalidad y nulidad del art. 51 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, está recogido en el BOJA nº 70 del 8 de abril, y esto es lo que dice exactamente:

1.- Reparto de competencias: la Junta de Andalucía recibe la encomienda de tramitar los siguientes procedimientos, hasta la propuesta de resolución inclusive:

Canal de riego en el Bajo Guadalquivir

Canal de riego en el Bajo Guadalquivir

  • Inscripciones en el Registro y el Catálogo de Aguas Privadas.
  • Actividades materiales, técnicas y de servicios necesarias para la gestión y protección de recursos hídricos.
  • Autorizaciones (vertidos, uso o aprovechamiento del dominio público hidráulico).
  • Policía de aguas y cauces, así como los expedientes sancionadores.
  • Actividades materiales, técnicas y de servicios necesarias para las funciones de regulación y conducción de los recursos hídricos.
  • Gestión, explotación, conservación y de régimen de desembalses y obras hidráulicas.
  • Explotación y mantenimiento del SAIH.
  • Procedimientos de apeo y deslinde.
  • Autorizaciones de cesiones de derechos.
  • Gestión y recaudación en período voluntario de los cánones y tarifas.

2.- Presidencia de las Juntas de Explotación y Comisión de Desembalse. Esas funciones se mantienen en el ámbito de la Administración del Estado, correspondiendo a los órganos competentes de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

3.- Legislación aplicable: Las actividades objeto de la encomienda de gestión se llevan a cabo de conformidad con lo regulado en el Texto Refundido de la Ley de Aguas y sus reglamentos de desarrollo (normativa estatal). Dicho de otra forma, la Ley de Aguas andaluza no es aplicable al Guadalquivir.

4.- Medios propios o contratación a terceros: Las actividades contenidas en la encomienda podrán llevarse a cabo por la Administración de la Junta de Andalucía usando sus propios medios o mediante contratación a terceros.

5.- Duración: La encomienda de gestión tiene una duración de seis meses. Pero, al contrario de lo que se ha publicado y dicho, nada se dice de que sea "improrrogable". Lagarto, lagarto.

Asociación de Comunidades de regantes de Andalucía, FERAGUA