Boletín Agrario Agricultura, Medio Ambiente y Mundo Rural

Veda temporal para la Pesca de Arrastre de Fondo en litoral de la provincia de Tarragona

El MARM establece esta veda en una orden ministerial publicada hoy en el BOE

MARM

Los informes científicos aconsejan establecer medidas de protección para las poblaciones de especies demersales, entre ellas la creación de vedas en el litoral de Cataluña.

Veda temporal para la Pesca de Arrastre de Fondo en litoral de la provincia de Tarragona
pesca de arrastre

El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino ha establecido una veda temporal para la pesca de la modalidad de arrastre de fondo en el litoral de la provincia de Tarragona, a través de una orden ministerial publicada en el BOE.

De este modo, se vela por una explotación equilibrada y responsable de los recursos pesqueros, favoreciendo su desarrollo sostenible mediante medidas de protección, conservación y regeneración de los recursos y los ecosistemas, y adaptando el esfuerzo de la flota a la situación de los mismos.

Asimismo, el MARM ha cumplido el trámite de comunicación a la Comisión Europea y ha solicitado un informe preceptivo al Instituto Español de Oceanografía (IEO), que aconseja establecer medidas de protección para las poblaciones de especies demersales, entre ellas la creación de vedas en el litoral de Cataluña.

De esta forma, queda prohibida la pesca de arrastre de fondo a los buques españoles en la zona comprendida entre la demora de 176º trazada desde la central térmica de Cubelles en situación 41º12,12" de latitud norte y 001º39,25" de longitud este y la demora de 123º trazada desde la gola sur del río Ebro en situación 40º40,90" de latitud norte y 000º51,30" de longitud este, desde el día de entrada en vigor de la orden hasta el 30 de junio de 2010, ambos inclusive.

Además, entre el día de entrada en vigor de la orden y hasta el 27 de julio de 2010, ambos inclusive, queda prohibida la pesca en el área marítima comprendida entre las siguientes latitudes: latitud 40º 52,00" norte, latitud 40º 58,00" norte, latitud 40º 34,00" norte, latitud 40º 30,00" norte, latitud 001º 26,00" este, latitud 001º 40,00" este, latitud 001º 42,00" este y latitud 001º 30,00" este.

Boletín Oficial del Estado:

ir a http://www.boe.es/boe/dias/2010/06/18/pdfs/BOE-A-2010-9699.pdf