La Consejería de Agricultura modifica sus órdenes de ayudas
Unos cambios obligados para su adaptación al plan de agilización de procedimientos
La Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía publicó una orden por la que modificará las órdenes de ayudas al sector agroalimentario y pesquero para su adaptación al Plan de Medidas de Simplificación de Procedimientos Administrativos y Agilización de Trámites, de forma se acortarán los plazos para la resolución de los procedimientos de concesión de las subvenciones.
Según la orden, publicada hoy en el Boletín oficial de la Junta de Andlaucía, el 27 de enero de 2009 el Consejo de Gobierno, aprobó este Plan de Medidas de Simplificación de Procedimientos Administrativos y Agilización de Trámites, que tiene entre sus objetivos principales los de "simplificar y agilizar los procedimientos administrativos, reduciendo de forma sustancial los tiempos y los plazos de resolución de los procedimientos administrativos consiguiendo una mayor eficacia y eficiencia en la actividad administrativa".
En este sentido, la orden recordó las iniciativas para la telematización de los procedimientos que tramita esta Consejería así como para la simplificación de los mismos, facilitando tanto la presentación de solicitudes por medios electrónicos como la consulta a los expedientes en que tengan la condición de personal interesado por estos mismos medios. Igualmente, se pretende conseguir una reducción de los tiempos de resolución de los procedimientos administrativos.
Por ello, según indicó la orden, para poder aplicar este plan es necesario modificar determinadas órdenes reguladoras de distintas líneas de ayudas para acortar los plazos de resolución de los procedimientos de concesión de dichas subvenciones.
Asimismo, se estima conveniente la derogación de determinadas normas "que han quedado sin aplicación y, por lo tanto, obsoletas, ante los cambios producidos tanto en la normativa básica del Estado como en la normativa comunitaria".
De esta forma, se modificarán una serie de órdenes reguladoras de ayudas, en concreto la orden de 10 de julio de 2007 de subvenciones para la mejora de la gestión de los subproductos de la molturación de aceituna y otros subproductos; orden de 24 de abril de 2007 de ayudas a las infraestructuras agrarias; orden de 16 de mayo de 2008 de ayudas para la mejora y la modernización del sector pesquero; la orden de 8 de julio de 2008 de ayudas a empresas agroalimentarias para la transformación y comercialización de productos agrícolas; y la orden de 10 de julio de 2009 de ayudas para la transformación y comercialización de productos agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013.
En ese caso se modifican los plazos máximos de resolución y notificación de los procedimientos previstos en estas órdenes, quedando fijado en un plazo máximo de tres meses.
Asimismo, se modifica la orden de 26 de marzo de 2009 que regula el régimen de ayudas para el fomento de la primera forestación de tierras agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, de forma que el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de la solicitud de ayuda establecida será de cuatro meses, mientras que el plazo máximo para notificar la resolución de las solicitudes de pago por costes de implantación y las solicitudes será de seis meses.
Además, se deberá modificar la orden de 31 de julio de 2009 para la concesión de subvenciones dirigidas a la modernización de explotaciones agrarias e instalación de jóvenes agricultores en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, de manera que la propuesta se remitirá a la Consejería de Agricultura y Pesca para la valoración de las solicitudes en el plazo de un mes desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Asimismo, la resolución deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses, contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes.
La orden publicada hoy además incluye una disposición transitoria única, que contempla que dicha orden no será de aplicación a los procedimientos iniciados con anterioridad a su entrada en vigor.
Asimismo, quedan derogadas una serie de órdenes, como la orden de 1 de julio de 2004 de ayudas a las agrupaciones de gestión empresarial de las explotaciones agrarias; orden de 30 de octubre de 1992 por la que se crea el registro de organizaciones de productores de frutas y hortalizas; orden de 10 de mayo de 1993, por la que se determinan las competencias relacionadas con el reconocimiento y ayuda en las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas en el sector de frutos de cáscara y algarroba; y la orden de 18 de marzo de 1992, para la mejora de las estructuras agrarias.