Boletín Agrario Agricultura, Medio Ambiente y Mundo Rural

La Industria presenta sus propuestas para la modificación de la Norma de Calidad del Ibérico

IBERAICE considera que las denominaciones propuestas por el Ministerio son perjudiciales para el sector, conllevando pérdida de mercado y caída de ventas

IBERAICE

La Industria del Ibérico, representada mayoritariamente por IBERAICE, hace públicas sus propuestas ante el proceso de reforma de la Norma de Calidad del Ibérico. Los industriales proponen la creación de tres categorías: Ibérico de bellota, Ibérico tradicional e Ibérico de cebo. También piden que se reconozca como "100% Ibérico" aquellos productos procedentes de cerdos de la raza Ibérica puros.

La Industria presenta sus propuestas para la modificación de la Norma de Calidad del Ibérico

La Junta Directiva de IBERAICE, el colectivo empresarial que agrupa a más del 95% de las industrias elaboradoras de ibérico, ha aprobado un grupo de propuestas para la reforma de la Norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibéricos, que han sido presentadas al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Estas propuestas responden tanto a las preocupaciones de los empresarios como a la necesidad de clarificar el mercado de los productos ibéricos y proporcionar una información adecuada a los consumidores.En primer lugar, IBERAICE defiende la plena validez de las calificaciones raciales que consagró la anterior norma de calidad, es decir ibérico e ibérico puro. A partir de este planteamiento, y con la idea de generar valor añadido, prestigiar las diferentes producciones y no perjudicar a ningún colectivo, IBERAICE propone las siguientes denominaciones de la norma de calidad:

  1. Ibérico de bellota.
  2. Ibérico tradicional.
  3. Ibérico de cebo.
Iberaice

En todos los casos, cuando los productos procedan de cerdos ibéricos puros, podrán acompañar esas denominaciones de venta con la mención "100% ibérico".

La denominación "Ibérico tradicional" amparará las producciones procedentes de explotaciones al aire libre con una densidad máxima de 200 cerdos/Ha.

La denominación de venta es un elemento esencial para la comercialización de los productos, que no puede modificarse sin que ello redunde en una pérdida de mercado, caída de las ventas y confusión de los consumidores. Especialmente grave serían las consecuencias para las exportaciones, ya que los clientes en esos mercados, ya familiarizados con los términos actuales, difícilmente comprenderán estos drásticos cambios y se corre el riesgo de un rechazo a nuestros productos.

La implantación de esas denominaciones de venta propuestas por el MAGRAMA, construidas de espaldas a la realidad -utilizando hasta fórmulas matemáticas en la denominación comercial-, puede suponer un abandono generalizado de la Norma por una parte importante de los operadores del sector, que no podrán competir en ese marco, viéndose obligados a refugiarse en sus propias marcas o en denominaciones y marcas colectivas, con la consiguiente pérdida de actividad, riqueza y empleo.

Por ello, IBERAICE insiste en que, de no recogerse las denominaciones propuestas por la industria, es preferible retrasar la modificación de la norma de calidad, para no ocasionar un perjuicio irreversible al sector, y centrarse en el refuerzo de los controles que garanticen el cumplimiento de la actual.

Por otro lado, la industria lamenta que una Norma que regula aspectos decisivos de productos elaborados y comercializados por las industrias tenga que estar sometida al criterio de departamentos de ganadería y de productores ganaderos con intereses diferentes a los expresados por las industrias y con un gran desconocimiento de la realidad del mercado.