Boletín Agrario Agricultura, Medio Ambiente y Mundo Rural

El incremento en el número de expedientes de regulación de empleo también afecta al sector agrario

CCOO denuncia las "nefastas consecuencias" de la última reforma laboral tras medio año desde que entrara en vigor

CCOO

La Federación Agroalimentaria de CCOO denuncia que, tras seis meses de vigencia de la reforma laboral, las personas afectadas por los expedientes de regulación de empleo en España han aumentado a nivel general cerca del 50% y también de manera importante en el sector agrario. Aun así los ERE sólo son causa del 3% de los puestos de trabajo perdidos a lo largo de los últimos tres años

Tras los seis meses de vigencia de la reforma laboral (RDL 3/2012), sus consecuencias son nefastas y la norma está produciendo un incremento constante de despidos y del número de trabajadores y trabajadoras afectados.

El desempleo en España

Sin olvidar que los puestos de trabajo perdidos por procesos de ERE, representan un volumen relativamente reducido sobre el total de los empleos destruidos en España en los últimos 3 años a causa de la crisis (aproximadamente el 3% del total), puesto que las empresas han venido realizando el ajuste laboral fundamentalmente a través de la no renovación de contratos temporales y, en el caso de los indefinidos, por la vía de la automaticidad de los despidos individuales por causas objetivas, tras seis meses de vigencia de la reforma laboral (RDL 3/2012), las nefastas consecuencias de dicha norma están produciendo un incremento constante de los despidos y del número de trabajadores y trabajadoras afectados por procesos de Expedientes de Regulación de Empleo.

Según los últimos datos estadísticos facilitados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS), el número de trabajadores/as afectados a nivel general por ERE en el primer semestre de 2012 fue de 221.188 personas, frente a los 148.808 del mismo periodo de 2012, lo que supone un incremento del 48,6%.

En el sector agrario los ERES autorizados en el primer semestre del presente año fueron de 272 y el número de trabajadores afectados de 1.940 el 0,9% del total de los trabajadores afectados.

A esta situación hay que unir los duros ajustes y restructuraciones en empresas de bollería y pastelería industrial, los procesos de restructuraciones en el sector de bebidas, fusiones y absorciones en otros subsectores además del impacto de desaguisado de Nueva Rumasa configuran un panorama desolador para el empleo en el sector agroalimentario lo que paradodicamente no se corresponde que en algunos subsectores con el crecimiento en sus exportaciones.

Para CCOO el aumento del número de expedientes y de afectados por despidos colectivos llevado a cabo desde el inicio de la crisis, se ha visto agudizado desde la entrada en vigor del RDL 3/2012, como consecuencia de la supresión de la autorización administrativa (que se mantiene exclusivamente para los supuestos de empresas en situación de concurso y en los casos de fuerza mayor); el acortamiento de los plazos de ejecución y la ampliación de las situaciones en las que se puede utilizar esta modalidad de despido.

En resumen, y como veníamos alertanto, este nuevo escenario, está suponiendo una grave y creciente destrucción de empleo estable que va a desaparecer para siempre y, que en el mejor de los casos, serán sustituidos por empleos temporales y precarios.

Ello está propiciando, por un lado, un aumento de la conflictividad social, y por otro, un incremento de las impugnaciones de los despidos ante la Jurisdicción Social al haberse retirado la autorización y el control de la Administración que, hasta el momento del cambio normativo eran inexistentes, ya que la norma solo preveía la impugnación de la resolución por el cauce administrativo (recurso de alzada ante el Ministerio de Trabajo, y en caso de desestimación, demanda ante los Tribunales de lo contencioso administrativo).

Para CCOO estas sentencias dejan bien a las claras que nunca puede ser causa de despido, la maximización del beneficio económico de la empresa, como que éste tampoco se justifica, cuando el único interés empresarial es la reducción de costes fijos por variables, mediante la sustitución de empleo fijo por trabajadores temporales o por empleo deslocalizado. Asímismo, los citados fallos establecen el alcance del deber de documentación del despido por causas económicas -pérdidas previstas- y por causas organizativas y productivas, considerando que su incumplimiento, genera la nulidad de los despidos.

CCOO considera que ante situaciones de dificultad empresarial, siempre que sea posible, se haga una apuesta decidida por la flexibilidad interna negociada en las empresas con dificultades económicas, incentivando la suspensión temporal del contrato y la reducción de jornada y, con ello, se evite la clásica y traumática extinción del contrato, al considerar que los ERE son procedimientos que, cuando incluyen medidas que son producto del acuerdo colectivo, posibilitan la adaptación y la viabilidad de las empresas, y el mantenimiento del empleo, colaborando consecuentemente en minimizar los efectos negativos que sobre los trabajadores y trabajadoras provoca la crisis.