Nuevas ayudas a armadores y propietarios afectados por la suspensión del Acuerdo con Marruecos
La cantidad total calculada para hacer frente a la financiación de estas ayudas es de 2.819.529 euros
El Boletín Oficial del Estado de este jueves, 30 deagosto, recogen la publicación de la convocatoria de nuevas ayudas a armadores o propietarios de barcos afectados por la suspensión del Acuerdo de pesca de la UE con Marruecos. Estas ayudas, con una cantidad total de 2.819.529 euros, se prorrogan durante seis meses más, hasta el 14 de diciembre de 2012.
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha publicado hoy en el BOE una nueva convocatoria de ayudas para prorrogar durante seis meses más (hasta el 14 de diciembre de 2012) las ayudas a armadores o propietarios de buques pesqueros españoles de distintas modalidades de pesca afectados por la paralización temporal del Acuerdo de pesca de la Unión Europea con el Reino de Marruecos.
La cantidad total calculada para hacer frente a la financiación de estas ayudas es de 2.819.529 euros, cantidad cofinanciada por la Unión Europea con cargo al Fondo Europeo de la Pesca.
Las ayudas se otorgarán, con carácter general, por periodos mínimos de un mes, y por un periodo máximo de seis meses de paralización temporal, realizados de forma continuada entre el 15 de junio y el 14 de diciembre de 2012, ambos inclusive.
Los armadores o propietarios de buques que se hubieran beneficiado con anterioridad de las ayudas convocadas el pasado mes de febrero, y no hubieran interrumpido la parada para iniciar la actividad pesquera, no deberán presentar nueva solicitud ni la documentación que acompaña a la misma, debiendo remitir únicamente a la Secretaría General de Pesca sucesivas certificaciones emitidas por la Capitanía Marítima, a fecha 15 del mes correspondiente, que acrediten la paralización continuada del buque desde la fecha anteriormente certificada y nunca por periodos interiores a un mes, junto con una declaración jurada en la que se indique que no han cambiado las condiciones ni requisitos iniciales para la concesión de la ayuda.
El plazo máximo para la recepción de estas certificaciones y declaraciones juradas será de 10 días hábiles a contar desde el día 15 del mes que corresponda, siempre posterior a la entrada en vigor de esta convocatoria.
Por su parte, los buques que interrumpieron el periodo de parada anterior establecido desde el 15 de diciembre de 2011 al 14 de junio de 2012, por iniciar la actividad pesquera, podrán acogerse a esta nueva convocatoria, para lo que deberán presentar una nueva solicitud. El plazo máximo para la presentación de las solicitudes para estos buques será también de 10 días hábiles a contar desde la certificación de la finalización del primer periodo de parada a fecha 15 del mes que corresponda, siempre posterior a la entrada en vigor de la presente convocatoria.
El pasado 15 de diciembre de 2011, la flota pesquera hubo de abandonar el caladero de Marruecos, y un considerable número de tripulantes de buques pesqueros se han visto afectados por la imposibilidad de seguir faenando en dichas aguas, en tanto se establezca un nuevo Protocolo de Pesca.
Dada la gravedad y excepcionalidad de la actual situación, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente publicó el pasado 23 de febrero una orden con la convocatoria de ayudas por la paralización temporal a armadores o propietarios de buques. Una vez concluido el pasado 14 de junio el periodo de ayudas establecido en esta orden, y dado que aún no se ha producido el nuevo Acuerdo de Pesca entre la Unión Europea y Marruecos, se establece una nueva convocatoria con el fin de prorrogar durante seis meses más las ayudas a armadores o propietarios, salvo que esta situación revierta.