Boletín Agrario Agricultura, Medio Ambiente y Mundo Rural

La Unió denuncia el cobro de "un canon ilegal a muchos ganaderos valencianos" por aguas residuales

"La normativa existente lo excluye como residuo [en referencia a purines], es un subproducto ganadero que se utiliza como abono"

La Unió de Llauradors

La Unió de Llauradors i Ramaders denuncia que la Entidad Pública de Aguas Residuales (EPSAR), dependiente de la Conselleria de Agricultura, cobra desde hace tiempo un canon ilegal a muchos ganaderos de la Comunitat Valenciana -fundamentalmente de porcino- cuando lo que generan según la normativa existente es un subproducto ganadero (abono) y no un residuo.

La Unió denuncia el cobro de un canon ilegal a muchos ganaderos valencianos por aguas residuales

Una explotación media de porcino en la Comunitat Valenciana, con unas 1.200 plazas, estaría pagando por este concepto alrededor de 3.000 euros al año por este injusto canon de aguas residuales.

El colmo de esta situación llega ahora también cuando los ganaderos piden la legalización de un pozo y reciben cartas por parte del EPSAR donde les reclaman con carácter retroactivo de cuatro años -plazo máximo que marca la ley- el canon de saneamiento de aguas residuales. Hay casos por tanto en los que se les reclaman cantidades retroactivas por ese periodo que rondan los 12.000 euros.

balsa de purines

balsa de purines

La normativa y la jurisprudencia es clara al respecto. Para cobrar un canon de saneamiento de aguas residuales se deben producir precisamente este tipo de aguas y las granjas de porcino únicamente producen cerdos y purines, que según la Orden 7/2010, de 10 de febrero, por la que se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias de la propia Conselleria de Agricultura se contempla como un abono orgánico. El artículo 72 de la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de Ganadería de la CV también es claro al señalar textualmente en su punto 2 que "con el objeto de posibilitar el mayor, y de forma racional, aprovechamiento de estiércoles y purines, la Generalitat regulará su utilización directa como fertilizantes en las explotaciones agrarias, como supuesto expresamente excluido de la legislación de residuos". Una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 2005 considera así mismo que el purín de las explotaciones porcinas es un fertilizante agrícola y no un vertido. Toda la normativa es por tanto contraria al cobro de un canon a las explotaciones ganaderas por vertido de aguas residuales.

LA UNIÓ critica así mismo el criterio dispar dependiendo del término municipal donde se encuentre la explotación ganadera, pues hay localidades donde lo cobra el Ayuntamiento o empresas privadas. Por ello el canon es bastante diferente según donde esté la explotación.

Se da la circunstancia además que cuando un ganadero individual, o a través de los respectivos ayuntamientos, presenta una queja a EPSAR; desde allí sin ningún razonamiento técnico o jurídico se realiza una especie de "mercadeo" con rebajas del canon a pagar.

Esta organización profesional agraria ha remitido en diversas ocasiones ya toda la documentación necesaria sobre el tema a la Conselleria de Agricultura y ha reiterado la necesidad de mantener una reunión con la Secretaria Autonómica de Agricultura, Mar Casanova, sin que hasta la fecha haya recibido respuesta alguna.

LA UNIÓ considera que Conselleria de Agricultura debería eliminar este canon para los ganaderos y devolver las cantidades pagadas de los últimos cuatro años para evitar el cierre de más explotaciones ganaderas por una tasa injusta e ilegal que no tiene en cuenta ni la normativa vigente ni las sentencias de los tribunales.