La Junta de Andalucía concede ayudas al almacenamiento privado de carne porcina
Ayudas al almacenamiento privado de carne de porcino
Debido a la situación de los precios del mercado en el sector de la carne de porcino, en el Comité de Gestión de fecha 28 de enero de 2011, la Comisión ha aprobado el Reglamento 68/2011, relativo a las condiciones específicas para la concesión de una ayuda al almacenamiento privado de carne de porcino.
Concesión de ayudas al almacenamiento privado de carne de porcino por el sistema de ayuda fijada por anticipo
Plazos
Desde el 1/02/2011hasta el
Las solicitudes por categoría se podrán presentar a partir del 1 de febrero de 2011
1.- CARACTERÍSTICAS
Debido a la situación de los precios del mercado en el sector de la carne de porcino, en el Comité de Gestión de fecha 28 de enero de 2011, la Comisión ha aprobado el Reglamento 68/2011, relativo a las condiciones específicas para la concesión de una ayuda al almacenamiento privado de carne de porcino.
La lista de las categorías de productos objeto de ayuda, así como los importes a recibir por período de almacenamiento se contemplan en el anexo nº 0.
Las cantidades mínimas a almacenar por contrato y categoría de producto serán las siguientes:
a) 10 t. para los productos deshuesados.
b) 15 t. Para los productos con hueso.
Los importes de las ayudas y los períodos de almacenamiento contractual se fijan, según el anexo nº 0, en noventa (90), ciento veinte (120) o ciento cincuenta (150) días.
2.- BENEFICIARIOS
Podrán optar a la ayuda al almacenamiento de carne de porcino, aquellos agentes económicos que presenten solicitudes ante las autoridades competentes de las comunidades autónomas donde radique el almacén frigorífico en el que se vayan a almacenar los productos. Dichos agentes económicos, según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 8 del Reglamento (CE) nº 826/2008, deberán estar establecidos y registrados a fines del IVA en la Unión Europea.
En el supuesto de que el solicitante precise nombrar un representante para actuar en su nombre deberá presentar cumplimentado el anexo nº 2, modelo de representación, junto con la solicitud de ayuda.
3.- SOLICITUD DE AYUDA
Las solicitudes se podrán presentar a partir del 1 de febrero de 2011 en el modelo establecido como anexo nº 1, ante la Delegación Provincial donde se almacene el producto. Cada solicitud se referirá a una categoría de producto y a un periodo de almacenamiento.
La Delegación Provincial donde se presente la solicitud, comunicará la decisión adoptada con respecto a cada solicitud de celebración de contrato de almacenamiento, el quinto día hábil siguiente a la fecha de entrada en el registro.
4.- GARANTÍAS
Las solicitudes de concesión de ayudas al almacenamiento privado deberán ir acompañadas de una garantía equivalente al 20% del importe de la ayuda solicitada para cada categoría de producto y período de almacenamiento.
La garantía podrá constituirse mediante:
a) Certificado de depósito en metálico o en Títulos de Deuda Pública, en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales.
b) Aval (documento original) expedido por Entidades nacionales, o extranjeras establecidas en España, debidamente autorizadas para la emisión de avales, de acuerdo con el contenido que figura como anexo nº 3.1.
c) Certificado de seguros de caución, según el contenido recogido en el anexo nº 3.2.
5.- D0CUMENTACIÓN
A las solicitudes se adjuntará la siguiente documentación:
- Copia del CIF/NIF del ofertante, y en el caso de personas jurídicas, del representante legal.
- Documento acreditativo de la representación que se ostenta.
- En su caso, copia del NIF de la persona a la que se confiere la representación para solicitar las ayudas.
- Copia del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), a fin de acreditar su actividad como agente económico del sector.
Anexo 0:
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Anexo 1:
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Anexo 2:
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Anexo 3.1:
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Anexo 3.2:
ir a http://www.http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal/export/sites/default/comun/galerias/galeriaDescargas/cap/fondos-agrarios/SAFA/ALMACENAMIENTO_CARNE_PORCINO/ANEXOS_3.2_SEGURO_CAUCION.pdf