Los compradores de leche y productos lácteos de cabra u oveja tienen que efectuar las declaraciones
Aprobado un real decreto sobre las declaraciones a efectuar
Tiene como objeto gestionar las nuevas ayudas comunitarias a los productores de ovino y caprino, en virtud de la última reforma de la PAC y en el marco del nuevo sistema de ayudas. Las declaraciones de las industrias lácteas sobre sus suministradores durante 2010 deberán efectuarse antes del 1 de abril de 2011.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre declaraciones a efectuar por los compradores de leche y productos lácteos de oveja y cabra sobre sus suministradores, con el objetivo de actualizar la legislación vigente y poder gestionar las nuevas ayudas comunitarias a los productores de ovino y caprino, en virtud de la última reforma de la PAC y en el marco del nuevo sistema de ayudas específicas.
En concreto, este Real Decreto viene a sustituir a la legislación del año 1995, para actualizar el sistema de comunicación de las declaraciones de entrega que deben efectuar los compradores de leche y productos lácteos de oveja, así como extender esas declaraciones a los compradores de leche de cabra.
Al igual que en la legislación anterior, la nueva normativa también diferencia los apoyos en función de que se comercialice o no la leche de oveja y de cabra.
Además, el Real Decreto establece que las industrias deberán efectuar las declaraciones anualmente antes del 1 de febrero con respecto a las entregas del año anterior, excepto las entregas realizadas en 2010, que deberán presentarse antes del 1 de abril de 2011.