Boletín Agrario Agricultura, Medio Ambiente y Mundo Rural

Ayuda a la destilación de uso de boca destinada a los productores del vino

Ayuda comunitaria a la destilación de uso de boca destinada a los productores de vino

Junta de Andalucía

Los productores de vino ubicados en la Comunidad Autónoma Andaluza que quieran solicitar la ayuda a la destilación de uso de boca, presentarán una solicitud ante la Dirección General de Fondos Agrarios, acompañando copia firmada por las partes, del contrato o contratos de destilación de vino para uso de boca.

copas de vino

Ayuda comunitaria a la destilación de uso de boca destinada a los productores de vino.

Plazos

El plazo de presentación de la solicitud finaliza el próximo 1 de junio. El modelo de solicitud a emplear será el indicado en el Anexo del Real Decreto 562/2010.

Desarrollo

Los productores de vino ubicados en la Comunidad Autónoma Andaluza que quieran solicitar la ayuda a la destilación de uso de boca, presentarán una solicitud ante la Dirección General de Fondos Agrarios, acompañando copia firmada por las partes, del contrato o contratos de destilación de vino para uso de boca celebrado/s en la presente campaña 2009/2010, con un destilador autorizado, con posterioridad al 16 de marzo de 2010, debiendo cumplir además los siguientes requisitos:

- Haber presentado la declaración de producción obligatoria correspondiente a la campaña 2009/10.

- Disponer de superficie de viñedo de viticultores que hayan entregado en la presente campaña uva al productor en cuestión, que, en todo caso, deberá ser inferior a la que resulta de restar a la que figura en la declaración de producción la asignada a la bodega productora en las ayudas a la destilación de alcohol para uso de boca en la que son beneficiarios los viticultores.

- Entregar un vino a la destilación que cumpla las exigencias mínimas en cuanto al contenido de alcohol.

La ayuda por hectárea será de 300 euros para aquellos productores de vino que justifiquen la entrega a la destilación de uso de boca de al menos una media de 40 hectolitros por hectárea, con un mínimo de 450 hectogrados por hectárea, con un límite a nivel nacional de 50.000 hectáreas, y dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes.

En caso de que el volumen global de las solicitudes con derecho a ayuda a nivel nacional supere la dotación máxima establecida de 15.000.000 euros, se procederá al prorrateo entre todas ellas, comunicándose a los productores el volumen de vino finalmente aceptado.

Para el pago de la ayuda será necesario justificar la entrada en destilería de, al menos, el volumen de vino resultante de aplicar el coeficiente de aceptación del MARM al existente en el contrato presentado con la solicitud.

En caso de no poder realizar dicha entrega a 31 de agosto de 2010, se deberá aportar la justificación por parte del productor de vino, de la constitución de una garantía por una cuantía igual al 115 por ciento del importe de la ayuda correspondiente, con el fin de asegurar la correcta entrega en un plazo posterior, que en ningún caso podrá superar el 30 de noviembre de 2010.

El vino entregado a la destilería deberá ser destilado a más tardar el 31 de enero de 2011.

Normativa

Real Decreto 562/2010, de 7 de mayo, por el que se establece la regulación complementaria de una ayuda comunitaria a la destilación de uso de boca, destinada a los productores de vino, en aplicación del Reglamento (CE) nº 555/2008 de la Comisión, de 27 de junio de 2008.