Boletín Agrario Agricultura, Medio Ambiente y Mundo Rural

"Aceituna Aloreña de Málaga"

El BOE del día 15 de marzo publica la Resolución de 15 de febrero de 2010

AAO

la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se concede la protección nacional transitoria a la Denominación de Origen Protegida "Aceituna Aloreña de Málaga"

aceitunas aloreñas

El BOE del día 15 de marzo publica la Resolución de 15 de febrero de 2010, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se concede la protección nacional transitoria a la Denominación de Origen Protegida "Aceituna Aloreña de Málaga".

Mediante Orden de 7 de abril de 2009, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 20 de abril de 2009, se emitió decisión favorable en relación con la solicitud de inscripción de la Denominación de Origen Protegida «Aceituna Aloreña de Málaga» en el Registro comunitario de denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas, publicándose como anexo de la orden el pliego de condiciones de la citada denominación, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas, y la oposición a ellas.

La solicitud de inscripción de la citada DOP ha sido transmitida a la Comisión Europea con fecha de 7 de agosto de 2009, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio.

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del citado Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, se podrá conceder a la indicación de que se trate la protección nacional transitoria prevista en el artículo 5.6 del Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, a partir de la fecha de la transmisión de la solicitud de inscripción a la Comisión Europea.

A tal fin, la autoridad competente de la Junta de Andalucía ha remitido al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino la pertinente petición de publicación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Aceituna Aloreña de Málaga» en el Boletín Oficial del Estado.

En su virtud, la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios acuerda la publicación en el Boletín Oficial del Estado del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Aceituna Aloreña de Málaga», publicado mediante Orden de 7 de abril de 2009, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 20 de abril de 2009, y que figura como anexo a la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, a los afectos de la protección nacional transitoria prevista en el artículo 5.6 del Reglamento(CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006.

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