Boletín Agrario Agricultura, Medio Ambiente y Mundo Rural

La OCM del Olivar

Conoce la Organización Común del Mercado del Aceite de Oliva y de las Aceitunas de Mesa

MARM

La campaña de comercialización 2005/2006 fue la primera de aplicación de la nueva Organización Común de Mercado (O.C.M.) del aceite de oliva emanada de la reforma de 2004. En principio fue establecida por el Reglamento (CE) nº 865/2004, que derogó al Reglamento (CEE) nº 136/66/CEE. Sin embargo, fue posteriormente sustituido por el Reglamento (CE) nº 1234/2007

Introducción

La campaña de comercialización 2005/2006 fue la primera de aplicación de la nueva Organización Común de Mercado (O.C.M.) del aceite de oliva emanada de la reforma de 2004. En principio fue establecida por el Reglamento (CE) nº 865/2004, que derogó al Reglamento (CEE) nº 136/66/CEE. Sin embargo, fue posteriormente sustituido por el Reglamento (CE) nº 1234/2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas.

Dicho reglamento, denominado de la OCM única, incluye los mecanismos de regulación vigentes en la normativa desde 2004. Entonces se adaptó la campaña de comercialización al ciclo de producción de la aceituna y, por motivos de simplificación y armonización, se alineó con la de otros productos agrícolas. De manera significativa se simplificó del régimen de comercio exterior mediante la eliminación de los certificados de exportación; y quedó reforzada la estrategia de calidad del aceite y de las aceitunas de mesa a través de los requisitos de calidad para su comercialización y la posibilidad de desarrollar por las organizaciones profesionales programas de actividades plurianuales.

El nuevo régimen de ayudas para los olivicultores quedó establecido por el Reglamento (CE) nº 864/2004 del Consejo, de 29 de abril de 2004, que modifica al Reglamento (CE) nº 1782/2003 del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la Política Agrícola Común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores.

Se continuó así con el enfoque de las reformas aprobadas en junio de 2003 y supuso la incorporación de la ayuda a la producción de aceite de oliva en el régimen de pago único. Una parte se desacopló de la producción (el 93,61%) y el resto se ha concedido hasta el 2009 mediante la ayuda acoplada al olivar (103,14 millones de euros), destinada a favorecer la conservación de los olivares que tengan un valor ambiental o social. Según lo aprobado en el contexto del chequeo médico de la PAC de noviembre de 2008, a partir del 1 de enero de 2010 toda la ayuda se incorporará en el régimen del pago único, disociándose del cultivo al 100%.